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Hasta 2 años de afiliación al FCME
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Afiliado
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3.000 USD hasta los 65 años de edad 1.500 USD desde los 65 hasta los 75 años de edad
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Cónyuge
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1.500 USD hasta los 65 años de edad 750 USD cumplidos los 65 hasta los 75 años de edad
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Hijo
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750 USD hasta los 18 años de edad
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Por Invalidez total y permanente
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Afiliado
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3.000 USD hasta los 60 años de edad
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Cónyuge
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1.500 USD hasta los 60 años de edad
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Hijo
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750 USD hasta los 18 años de edad
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El FCME con el aporte mensual de 0.30 USD, asiste a la familia en caso de fallecimiento solo del Afiliado
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Condiciones
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El afiliado titular debe encontrarse aportando activamente, es decir no haber dejado de realizar sus aportes por más de 6 meses.
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Para los nuevos afiliados, en caso de fallecimiento por enfermedades pre-existentes o diagnosticadas, La póliza empieza a cubrirse después de los 365 días desde la primera cuota aportada.
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Para recibir los beneficios se debe reportar los siniestros en un plazo máximo de 90 días.
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Para hijos; solteros, estudiantes y dependientes económicamente del afiliado, el límite de edad se amplía hasta que cumpla los 25 años edad.
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No existe límite de edad para hijos discapacitados, certificados como tal en el CONADIS
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Este servicio acoge única y exclusivamente al afiliado en caso de su fallecimiento, más no a sus familiares.
Convenio con Fundepaz. En el caso en que falleciere un afiliado del FCME, sus familiares inmediatamente ocurrido el deceso podrán contactarse con Fundepaz a los teléfonos 2432515 – 2438998 o al móvil 099489194 quienes se encargarán de todos los trámites funerarios.
Pago de la Ayuda Mortuoria. Pueden solicitar este beneficio los familiares que hayan cubierto los gastos funerarios del afiliado, siempre que estos no hayan contactado los servicios de Fundepaz, además deberán presentar los siguientes documentos:
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Requisitos para el pago de la Ayuda Mortuoria
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Solicitud para el pago de Mortuoria, presentar en las oficinas provinciales del FCME.
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Copia de la Cédula de Identidad del afiliado fallecido.
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Copia de la partida de defunción del afiliado fallecido.
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Copia de la Cédula de identidad del beneficiario o persona que cubrió los gastos.
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Copia certificada por un Notario de la factura de los gastos mortuorios, la misma que deberá tener las siguientes características:
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La fecha de emisión de la factura no debe estar caducada. constatar que no esté vencido el RUC ni la autorización de la imprenta que elaboró la factura.
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Nota: Los beneficiarios tienen 60 días para presentar la referida documentación (contados desde la fecha de fallecimiento del afiliado), pasado este plazo no se receptarán dichas solicitudes.
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Fondo Anual Solidario
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El FAS corresponde a un valor proporcional a la cantidad de aportes sucesivos que realiza un afiliado durante permanencia en el FCME obteniendo beneficios al momento de concluir sus funciones por renuncia o jubilación.
Se financia con los aportes que realizan de manera mensual todos los afiliados de un valor entre 0.30 USD por categoría escalafonária en el Magisterio de acuerdo a la siguiente tabla:
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Aportación
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Categorías
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1.50 USD
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Desde 1ª hasta la 5ª Categoría
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1.80 USD
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6ª Categoría
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2.10 USD
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7ª Categoría
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2.40 USD
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8ª Categoría
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2.70 USD
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9ª Categoría
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3.00 USD
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10ª Categoría
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3.30 USD
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11ª Categoría
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3.60 USD
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12ª Categoría
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3.90 USD
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13ª Categoría
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4.20 USD
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14ª Categoría
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4.50 USD
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15ª Categoría en adelante
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Su máximo valor varía anualmente y se calcula dependiendo de la fecha en que el afiliado cesa en funciones de acuerdo a lo que se detalla en el siguiente cuadro:
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Los afiliados que cesen por jubilación reciben el 100% del FAS y los que cesan por renuncia, el 50%.
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FAS
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Fecha de Cesantía
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250.00 USD
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Desde 1991 hasta 31/12/2002
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300.00 USD
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Desde 01/01/2003 hasta 31/12/2003
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350.00 USD
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Desde 01/01/2004 hasta 30/08/2004
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700.00 USD
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Desde 01/09/2004 hasta 31/12/2004
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800.00 USD
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Desde 01/01/2005 hasta 31/12/2005
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900.00 USD
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Desde 01/01/2006 hasta 31/12/2006
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1000.00 USD
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Desde 01/01/2007 hasta 31/12/2010
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